El Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal determinó que las pruebas presentadas durante el proceso no fueron suficientes para destruir la presunción de inocencia del acusado.
MCN-Noticias | La Vega, RD. — El Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega declaró no culpable y absolvió al abogado y dirigente político Jeremy Jiménez Olivero, mediante la sentencia penal núm. 970-2025-SSEN-00205, correspondiente al expediente núm. 595-1-2023-EPEN-01012.
La decisión fue adoptada el 16 de junio de 2025 y posteriormente leída íntegramente en audiencia el 7 de julio de 2025, poniendo fin al proceso judicial seguido contra Jiménez Olivero.
De acuerdo con lo establecido por el tribunal, las pruebas presentadas durante el desarrollo del proceso no alcanzaron el nivel necesario para destruir la presunción de inocencia que amparaba al abogado y dirigente político.
En consecuencia, el tribunal emitió una decisión absolutoria al considerar que no fueron aportados elementos probatorios suficientes que permitieran establecer su responsabilidad penal en los hechos que dieron origen al expediente.
La sentencia reafirma el principio jurídico de presunción de inocencia, conforme al cual una persona debe ser considerada inocente mientras no exista una decisión judicial que determine su culpabilidad sustentada en pruebas suficientes.
La decisión judicial constituye un resultado favorable para Jiménez Olivero, quien además de ejercer como abogado mantiene una participación activa en el ámbito político.
El proceso estuvo identificado con el expediente 595-1-2023-EPEN-01012, mientras que la sentencia que dispone la absolución corresponde al número 970-2025-SSEN-00205.
Con la lectura íntegra de la sentencia, el tribunal dejó formalmente establecido el fundamento de su decisión y la insuficiencia de las pruebas presentadas para superar el estándar requerido para una condena penal.


