La alta corte calificó de “reticente” la actuación de la institución por reintegrar a un excapitán, pero no pagarle los salarios atrasados ordenados judicialmente; el astreinte continuará acumulándose hasta que se cumpla completamente la decisión.
Santo Domingo, RD.– El Tribunal Constitucional (TC) volvió a lanzar un fuerte llamado de atención a la Policía Nacional por el incumplimiento de una de sus decisiones judiciales y calificó de “reticente” la actitud asumida por la institución frente a una sentencia que ordenaba el reintegro de un excapitán y el pago de los salarios dejados de percibir.
Mediante la sentencia TC/0986/26, la alta corte ordenó a la Policía Nacional pagar RD$1,104,000 por concepto de astreinte acumulado a favor del excapitán Willis Darío Salazar Jiménez, monto que se suma a los salarios y demás derechos económicos que la institución todavía debe pagarle.
El astreinte corresponde a una penalidad de RD$2,000 diarios que el propio Tribunal Constitucional había establecido como mecanismo para presionar a la Policía a cumplir con la sentencia.
La corte calculó el monto correspondiente a 552 días, período comprendido entre el 11 de octubre de 2024, cuando la Policía fue notificada de la decisión, y el 16 de abril de 2026, fecha en la que Salazar Jiménez solicitó al tribunal que determinara el monto acumulado.
La Policía lo reintegró, pero no cumplió con el pago
El conflicto se originó con la sentencia TC/0425/24, emitida el 11 de septiembre de 2024, mediante la cual el Tribunal Constitucional ordenó que Salazar Jiménez fuera reintegrado a la institución en el rango que ostentaba al momento de su cancelación.
Además del reintegro, la decisión establecía que debían ser pagados los salarios dejados de percibir desde su desvinculación hasta su reincorporación, junto con los demás derechos derivados de su salida de la institución.
La Policía Nacional finalmente reintegró al excapitán el 29 de mayo de 2025. Sin embargo, de acuerdo con el Tribunal Constitucional, no presentó evidencias que demostraran el cumplimiento de la parte económica de la sentencia.
La institución tampoco presentó, según la decisión, un escrito de defensa ni las pruebas correspondientes ante la solicitud realizada para liquidar el astreinte.
Ante esta situación, el TC determinó que la Policía no había cumplido de manera integral con lo ordenado.
TC advierte sobre la obligación de acatar sus decisiones
El Tribunal Constitucional recordó que sus decisiones son definitivas, irrevocables y de obligatorio cumplimiento para los poderes públicos y los órganos del Estado.
La alta corte sostuvo que la simple notificación de la sentencia era suficiente para que la Policía Nacional procediera a ejecutar lo dispuesto.
El tribunal consideró que la conducta asumida por la institución evidencia una actitud “reticente” frente al cumplimiento de una decisión jurisdiccional firme, situación que, según señaló, afecta la seguridad jurídica y el principio de justicia pronta y oportuna.
Asimismo, enfatizó que la ejecución efectiva de las sentencias constituye una parte esencial del derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.
El astreinte seguirá aumentando
El Tribunal Constitucional dejó establecido que los RD$2,000 diarios continuarán acumulándose hasta que la Policía Nacional cumpla íntegramente con la sentencia, incluyendo el pago de los salarios atrasados y los demás derechos correspondientes al excapitán.
La decisión vuelve a colocar bajo escrutinio el comportamiento de la institución frente a las decisiones de la alta corte.
No es el primer llamado de atención
El caso también se produce en medio de antecedentes de incumplimiento de decisiones del Tribunal Constitucional.
De acuerdo con un reporte previamente elaborado por la propia alta corte, la Policía Nacional aparecía como una de las instituciones con mayor cantidad de sentencias pendientes de cumplimiento. En ese registro figuraba con 24 de las 93 decisiones incluidas en el documento sobre casos de desacato, mientras decenas de personas favorecidas habían tenido que regresar al tribunal para reclamar la ejecución de las decisiones.
En agosto de 2026, además, el Tribunal Constitucional volvió a cuestionar a la Policía en otro proceso por no entregar documentación que había sido ordenada judicialmente, calificando nuevamente su actuación de reticente y responsabilizándola por el incumplimiento.
La nueva sentencia representa, por tanto, otro llamado de atención de la máxima jurisdicción constitucional sobre la necesidad de que las instituciones públicas no solo acaten formalmente las decisiones judiciales, sino que las ejecuten de manera completa y dentro de los plazos establecidos.


