La medida, adoptada ante lo que el Gobierno ecuatoriano califica como una “grave conmoción interna” vinculada a estructuras del crimen organizado, contempla la suspensión de la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia. Además, cuatro provincias tendrán toque de queda entre el 17 y el 30 de septiembre.
QUITO, Ecuador. – El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, decretó un nuevo estado de excepción por un período de 60 días en ocho provincias y tres municipios del país, como parte de las medidas adoptadas por su Gobierno para enfrentar la actividad de estructuras vinculadas al crimen organizado.
La disposición fue establecida mediante el Decreto Ejecutivo 498, firmado el martes 15 de septiembre, y entró en vigor desde esa fecha. La medida fue fundamentada por el Gobierno en la existencia de una situación de “grave conmoción interna”.
Las provincias incluidas son El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.
A estas jurisdicciones se suman los municipios de Camilo Ponce Enríquez, en la provincia de Azuay; Las Naves, en Bolívar; y La Maná, en Cotopaxi.
Suspensión de derechos
Uno de los principales componentes de la medida es la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio, lo que permitirá a las fuerzas de seguridad realizar allanamientos inmediatos en las circunstancias contempladas por el decreto.
La disposición también contempla la suspensión de la inviolabilidad de correspondencia en las jurisdicciones alcanzadas por el estado de excepción.
El decreto establece, además, la participación de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional, con el propósito de fortalecer las operaciones de seguridad y enfrentar las actividades criminales en las zonas incluidas.
Toque de queda en cuatro provincias
De manera adicional, el Gobierno ecuatoriano estableció un toque de queda nocturno en las provincias de El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí.
Esta restricción comenzará a las 00:00 del 17 de septiembre y se extenderá hasta las 23:59 del 30 de septiembre, con una limitación de la circulación entre las 00:00 y las 05:00.
La medida de circulación tendrá una duración menor que el estado de excepción general, que permanecerá vigente durante 60 días.
El decreto contempla excepciones para determinados sectores y actividades esenciales, entre ellos personal de salud, organismos de seguridad y servicios relacionados con emergencias y gestión de riesgos.
Con estas disposiciones, el Gobierno de Noboa amplía temporalmente las facultades de las fuerzas de seguridad en varias zonas del territorio ecuatoriano, mientras mantiene restricciones específicas a la movilidad en cuatro provincias de la costa.
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