La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo ordenó el pago solidario de RD$1.5 millones a favor de Beata María Pérez Miliano, servidora pública de carrera que debía ser reincorporada a su puesto. El fallo también establece una penalidad de RD$5,000 por cada día de retraso si persiste el incumplimiento después del plazo fijado.
SANTO DOMINGO, República Dominicana. — La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) condenó al Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) y a su director general, Erick Alberto Guzmán Núñez, al pago solidario de RD$1.5 millones a favor de Beata María Pérez Miliano, tras determinar que no se había cumplido una decisión judicial que ordenaba su reincorporación al puesto que ocupaba como servidora pública de carrera.
La sentencia, identificada con el número 0030-02-2026-SSEN-00667 y dictada el 1 de octubre de 2026, establece una compensación económica por los daños relacionados con el incumplimiento de la orden judicial que disponía el retorno de la empleada a sus funciones, bajo las mismas condiciones salariales y laborales.
Además de la indemnización, el tribunal dispuso una penalidad de RD$5,000 por cada día de retraso en la reincorporación de Pérez Miliano, que comenzará a aplicarse una vez transcurran 30 días desde la notificación oficial de la sentencia, si continúa el incumplimiento.
La decisión coloca nuevamente en el centro del debate la obligación de las instituciones públicas de ejecutar las decisiones judiciales definitivas y respetar los derechos reconocidos a sus servidores.
El conflicto se remonta a noviembre de 2023
El origen del proceso se encuentra en una decisión anterior del Tribunal Superior Administrativo, emitida el 15 de noviembre de 2023, mediante la cual se ordenó que Pérez Miliano fuera reincorporada a su puesto de trabajo o a otro de igual categoría, con el mantenimiento de sus condiciones salariales y laborales.
La decisión también contemplaba el pago de los salarios y beneficios dejados de percibir durante el período correspondiente.
Sin embargo, el INPOSDOM recurrió el fallo ante la Suprema Corte de Justicia, con la intención de revertir la decisión que favorecía a la empleada pública.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación mediante la sentencia SCJ-TS-25-1544, del 30 de mayo de 2025, con lo que quedó firme la orden de reincorporación.
Pese a ello, la empleada continuó sin ser reintegrada, según los antecedentes expuestos en el proceso judicial que dio lugar a la nueva condena.
Ante la falta de ejecución de la sentencia original, su representación legal promovió nuevas acciones ante los tribunales para exigir el cumplimiento de la decisión y reclamar una compensación por los daños ocasionados.
Penalidad diaria por retrasar la reincorporación
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo fallo es la penalidad económica establecida para el caso de que el INPOSDOM y su director general continúen sin ejecutar la orden de reintegro.
El tribunal fijó una suma de RD$5,000 por cada día de retraso, luego de transcurrir los 30 días establecidos a partir de la notificación oficial de la sentencia.
Esta disposición busca presionar para que la reincorporación se materialice y evitar que la orden judicial permanezca sin ejecución indefinidamente.
La penalidad diaria se suma a la compensación de RD$1.5 millones y constituye una medida adicional para procurar el cumplimiento de lo dispuesto por la jurisdicción administrativa.
Su aplicación dependerá de que se cumplan las condiciones fijadas expresamente por el tribunal.
Defensa invoca la responsabilidad de los funcionarios públicos
La representación legal de Beata María Pérez Miliano estuvo a cargo del Centro Jurídico e Inversiones Batía Ramos, cuyos abogados fundamentaron sus reclamaciones en el artículo 148 de la Constitución dominicana.
Esta disposición establece el principio de responsabilidad civil de las personas jurídicas de derecho público y de sus funcionarios por las acciones u omisiones antijurídicas que ocasionen daños a particulares.
El equipo jurídico sostuvo que el incumplimiento de una decisión judicial definitiva no puede quedar sin consecuencias y que las instituciones estatales deben responder cuando sus actuaciones u omisiones vulneran derechos reconocidos judicialmente.
El caso también plantea interrogantes sobre los mecanismos disponibles para garantizar que las sentencias que involucran a organismos públicos se ejecuten dentro de plazos razonables.
Una decisión sobre el cumplimiento de las sentencias
La condena contra el INPOSDOM y su director general vuelve a poner de relieve la importancia del cumplimiento efectivo de las decisiones judiciales en la Administración pública.
Más allá de la compensación económica reconocida a la empleada, el proceso evidencia las consecuencias jurídicas que pueden derivarse de mantener sin ejecución una orden judicial que ha adquirido carácter definitivo.
La reincorporación de Pérez Miliano, el cumplimiento de las condiciones laborales establecidas y la eventual aplicación de la penalidad diaria serán aspectos determinantes para establecer si la sentencia se ejecuta en los términos dispuestos por el tribunal.
El caso constituye un recordatorio de que las instituciones públicas están sujetas al ordenamiento jurídico y deben acatar las decisiones de los tribunales, especialmente cuando estas reconocen derechos laborales y ordenan medidas concretas de restitución.
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