El Tribunal Superior Electoral rechazó la medida cautelar que buscaba suspender la Resolución 01-2026 de la JCE, pero dejó abierta la discusión sobre el fondo del proceso iniciado contra la distribución del financiamiento estatal.
SANTO DOMINGO.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de medida cautelar presentada contra la Resolución 01-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), por medio de la cual se establecen los montos correspondientes a la distribución de la contribución económica del Estado destinada a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos durante el año 2026.
La petición fue presentada el pasado 3 de agosto por Proyecto Visión Nación y José Cristopher Ramírez, dentro del proceso principal identificado con el expediente TSE-01-0021-2026.
Los solicitantes buscaban que el tribunal suspendiera provisionalmente los efectos de la resolución de la JCE mientras se conoce la acción principal.
Sin embargo, los jueces determinaron que no estaban presentes los requisitos establecidos en el artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales para disponer una medida de esta naturaleza.
Tribunal no suspende la resolución de la JCE
El TSE explicó que una medida cautelar requiere que se demuestre, entre otros aspectos, la existencia de una apariencia o verosimilitud del derecho reclamado, un perjuicio inminente de difícil o imposible reparación y correspondencia entre la medida solicitada y el objeto de la acción principal.
Tras analizar los planteamientos de las partes, el tribunal concluyó que esos presupuestos no quedaron acreditados en el caso.
Por esa razón, aunque admitió la solicitud en cuanto a la forma, decidió rechazarla en cuanto al fondo, dejando vigente, por ahora, la Resolución 01-2026 de la Junta Central Electoral.
La controversia de fondo continúa abierta
La decisión del TSE no significa que haya concluido la disputa sobre la resolución de la JCE.
El tribunal aclaró que lo decidido en esta etapa se limita a determinar que no procede suspender cautelarmente la resolución mientras se conoce el proceso principal.
Por tanto, la acción de fondo continúa pendiente de decisión y será en ese escenario donde deberán analizarse los cuestionamientos planteados contra la distribución de los recursos públicos destinados al financiamiento de las organizaciones políticas.
TSE rechaza dos argumentos presentados por la JCE
Durante el proceso, la Junta Central Electoral presentó además dos medios de inadmisión contra la solicitud.
El primero estaba relacionado con la supuesta falta de calidad de Proyecto Visión Nación y su participación en el proceso.
El TSE rechazó ese argumento al considerar que los solicitantes se encuentran vinculados al proceso principal identificado con el expediente TSE-01-0021-2026, condición que, según el tribunal, resulta suficiente para la actuación cautelar dentro de ese procedimiento.
El segundo argumento de la JCE sostenía que la medida carecía de objeto porque la Resolución 01-2026 ya habría producido todos sus efectos durante el presente año.
JCE no acreditó entrega total de los recursos
Sobre este punto, el tribunal adoptó una posición relevante.
La JCE alegó que la ejecución de la resolución estaba completamente consumada. Sin embargo, los jueces señalaron que el órgano electoral no presentó constancia que demostrara que la totalidad de los fondos públicos contemplados en la resolución había sido entregada a los partidos beneficiarios durante 2026.
Por esta razón, el TSE también rechazó el argumento de falta de objeto.
Esto significa que, aunque el tribunal decidió no suspender cautelarmente la resolución, tampoco aceptó la tesis de que el asunto hubiera quedado completamente agotado por la ejecución de los recursos.
¿Qué implica la decisión?
La resolución permite que continúe vigente la distribución de los fondos públicos establecida por la JCE para las organizaciones políticas durante este año.
No obstante, el proceso judicial principal permanece abierto, por lo que los cuestionamientos sobre la legalidad de la Resolución 01-2026 todavía deberán ser examinados en el marco de la acción principal.
La decisión también deja establecido que la negativa de una medida cautelar no equivale a una decisión definitiva sobre la validez de la resolución cuestionada.
Integración del tribunal
La decisión fue adoptada por el presidente del Tribunal Superior Electoral, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los jueces Lourdes de Jesús Salazar, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán.
El tribunal dispuso que la ordenanza sea notificada a las partes a través de la Secretaría del TSE y publicada en el portal institucional para los fines correspondientes.
Fondos públicos y financiamiento político
La controversia se produce en torno a uno de los mecanismos establecidos por la legislación electoral para garantizar el financiamiento de las organizaciones políticas mediante recursos provenientes del Estado.
La distribución de estos fondos constituye un componente importante del sistema electoral dominicano, debido a que busca proporcionar recursos a partidos, agrupaciones y movimientos políticos conforme a las reglas establecidas por la legislación vigente.
Con su decisión, el TSE mantiene temporalmente el esquema de distribución aprobado por la JCE, mientras continúa el proceso judicial que deberá determinar el fondo de la controversia.


